¿Qué es la OMIC?
La Oficina Municipal de Información al Consumidor es un servicio gratuito de educación, consulta, información y resolución de conflictos, que el Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre ofrece a los Consumidores y Usuarios de nuestro municipio, así como a todas aquellas personas que a diario visitan nuestra ciudad, ya sea por una simple visita turística o bien buscando en nuestros comercios algún producto determinado.
¿Dónde estamos?
Nuestras oficinas están situadas en el Ayuntamiento de San Bartolomé de la Torre C/Corazón de Jesús nº 12
Teléfono: 959 386001 (Fax: 959 386444)
e-mail: alpesanbartolome@gmail.com
Persona de contacto: Lourdes Marín Andrés
Horario: Lunes a Viernes de 8 a 15 horas
Consulta, Denuncia o Reclamación:
Consulta: Como su propio nombre indica es consultar, Solicitar una información, específica o general sobre cualquier tema relacionado con el consumo.
Denuncia: Es poner en conocimiento de la Oficina la posible existencia de alguna irregularidad o infracción en materia de consumo, con carácter de interés general. Por tanto, el hecho denunciado puede afectar a cualquier consumidor o usuario.
Reclamación: Es Poner en conocimiento de la Oficina la posible existencia de alguna irregularidad en materia de consumo con carácter de interés individual, solicitándose, por parte del consumidor o usuario que reclama reclamante, la solución del litigio o el resarcimiento por el daño o perjuicio sufrido.
Puede rellenar el formulario de Denuncia o Reclamación ante la OMIC.
Las Consultas se pueden hacer en la OMIC tanto de manera personal, telefónica, por escrito o mediante correo electrónico.
Dado lo delicado de la información, hay que tener en cuenta que la mayoría de las veces la información ésta se ofrece de manera inmediata, pero, que en ocasiones, puede ser necesario solicitarla información a terceros, o proceder al estudio del caso, en cuyo caso se suele tardar varios días en poder dar la información.
La mayoría de las veces la información solicitada se ofrece de manera inmediata pero, en ocasiones, según las características y complejidad de la consulta, la respuesta puede demorarse un poco.
Para hacer una denuncia es obligatorio presentarla por escrito en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, o mediante una Comparecencia en la Policía Local, debiendo hacer constar los siguientes datos:
Reclamación. ¿Cómo y dónde?
Las reclamaciones se pueden presentar de dos maneras: O bien mediante la solicitud en la propia empresa reclamada, solicitando y presentando allí las Hojas de Reclamación, o mediante escrito presentado en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, mediante el escrito correspondiente.
En todo caso, ya sea por escrito o por las Hojas de Reclamación, los datos mínimos que deben figurar son los siguientes:
Es fundamental que el consumidor o usuario solicite del establecimiento comercial, o del profesional al que le solicitamos los servicios, el documento acreditativo del bien adquirido o del servicio utilizado y que se informe adecuadamente de los términos y alcance de los contratos suscritos, ya que de ello depende el resultado de posteriores actuaciones.
Y recordar que es preferible siempre consultar previamente, que verse obligado a denunciar o reclamar con posterioridad.

